Impuesto a la Riqueza

No veo en principio mal desde lo técnico establecer un tributo sobre expresiones de significativa capacidad contributiva y en circunstancias tan especiales como las actuales. El piso no imponible debería ser alto y la tasa lo más baja posible para no sobrecargar la tributación global sobre patrimonio de manera confiscatoria, al considerar el conjunto con otros gravámenes tanto nacionales como provinciales. Las del proyecto considero que son algo elevadas.

Es probable que afecte algunos principios constitucionales, como el de no retroactividad. Eso se verá en el plano judicial.

No me parece bien usar eufemismos: es un impuesto porque es compulsivo. Y no está mal que lo fuera porque así son  los impuestos.

Lo recaudado tendría destinos específicos, dentro de los cuales al tema sanitario asignaría un 20% y el resto a otros conceptos no relacionados directamente con la pandemia.

Cómo efecto adverso, creo que desalienta al cumplidor porque se sigue pescando en la pecera.  Eso puede desincentivar aún más la inversión, alentar la búsqueda de residencia fiscal en otros países, como ser Uruguay al  sentir la gente que declara altos patrimonios y altas rentas que en su país ellos corren más riesgos que en el extranjero, tanto impositivos como de los otros. 

O sea, en el corto plazo puede acercar algunos recursos pero en el mediano y largo sería lo contrario. 

A los profesionales que tratamos que nuestros clientes declaren lo que corresponde y, en  caso de existir alguna alternativa para morigerar la carga tributaria que la misma se encuadre indubitablemente en el marco legal, lo estamos pagando con  la pérdida de su confianza y credibilidad. Y lamentablemente también lo paga el Estado.

Para que blanqueé !!!!  reprochan muchos… el desalentar el cumplimiento espontáneo  de los contribuyentes es una de las principales causas de la reducción de recaudación. 

Lo que el Estado en un momento promueve, en otro lo castiga. Así se pierde confianza.

Por ejemplo, ante la moratoria ampliada recientemente sancionada mediante la Ley 27562, que requiere repatriar un 30% a quienes tienen bienes en el exterior, es probable que mucha gente que tuviera algo para incluir en la misma prefiera no hacerlo por lo adverso e inseguro que es tener bienes en Argentina, y asumir el riesgo.

Porque este impuesto es más que un impuesto, es un mensaje. El cual tiene una parte positiva, que es la solidaridad dentro de una sociedad y es una lástima que eso no se pueda capitalizar a raíz de la falta de confianza. 

Creo indispensable, para reconciliar la relación Estado-Contribuyente y que la misma no se sostenga ineficazmente solo a través del temor a las sanciones, ya sea económicas o privativas de la libertad, que el fisco salga a buscar de manera contundente recaudación «fuera de la pecera» y que lo acompañe con un gesto de reciprocidad en cuanto reducción del gasto público y mejora de sus prestaciones.

 

Gabriel Gambacorta